CoRe - Competencia, Regulación y Medio Ambiente - FerradaNehme

CoRe Competencia y Regulacin - Ferrada Nehme
FerradaNehme

Institucionalidad de la Unión Europea en acción para impulsar el acelerado desarrollo de las redes NGA. Contraste con América Latina

Con ocasión de una práctica profesional realizada en Localret (1) -consorcio público que representa intereses de todos los municipios de la Comunidad Autónoma de Catalunya- situado en la mediterránea ciudad de Barcelona, tuve oportunidad de participar activamente en dos consultas públicas: una convocada -por segunda vez- por la Comisión Europea acerca del Proyecto de Recomendación sobre Regulación del Acceso a las Redes de Acceso de Nueva Generación o NGA (2) (“Next Generation Access Network”); y otra, convocada por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de España (“CMT”), referida a las Medidas Regulatorias en relación con la explotación de redes públicas inalámbricas basadas en el uso del dominio público radioeléctrico a través de frecuencia de uso común (Wifi) y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas sobre las mismas por las Administraciones Públicas (3). Ambas consultas se realizaron a mediados de 2009.
Las dos reflejaron el desarrollo de temáticas íntimamente vinculadas, tanto así que unos meses antes a mi ingreso a Localret se había celebrado por la Comisión Europea otra consulta sobre un proyecto de “Directrices comunitarias para la aplicación de las normas de ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha”, proceso este último que precisamente activó en interés de la CMT por discutir los alcances de dichas directrices, varias de las cuales atribuían competencia a la referida Comisión -en la evaluación de si una ayuda estatal era o no compatible con el mercado común europeo- con eventual desmedro de sus atribuciones para evaluar cuestiones análogas en el marco del sistema jurídico español.
Ahora bien, con miras al entorno chileno, parece relevante destacar al respecto tres aspectos:
En primer lugar, considerando que si bien la institucionalidad de la Unión Europea tiene ya algunas décadas de consolidación estructural y funcional para debatir y finalmente establecer normas, directrices y principios de alcance comunitarios para diversos temas –desde políticas de inmigración, salud pública, energía, competencia, derechos de los consumidores, etc.- sigue siendo destacable que entre ellos figure la industria de las telecomunicaciones, pues, la vertiginosa y disruptiva evolución de esta última podría haber generado dificultades de implementación de directrices y políticas comunes al punto de hacer inviables dichas normas de alcance comunitario. Sin embargo, la Comisión –a través de sus órganos competentes, como la Comisaria de Competencia (4) o la de Telecomunicaciones (5)- ha conseguido canalizar diferentes sensibilidades y ritmos de desarrollo de las distintas industrias locales de telecomunicaciones. Por cierto, al menos con ocasión del tema de las redes NGA, no deja de apreciarse la vanguardia por parte de la Ofcom británica, cuyas proposiciones a nivel interno posteriormente eran recogidas en el texto o espíritu del texto sometido a consulta pública por la Comisión.
En ese contexto, para quien ha seguido a la distancia los debates europeos para la formulación de cuerpos normativos y políticas comunes –fundamentalmente a través de Internet- resulta “estremecedor” participar directamente en uno de dichos procesos, desde la posición de un agente comunitario de carácter público, como era Localret, aportando al debate, y luego de ello observar que dicho planteamiento figura incorporado al foro comunitario en el respectivo sitio web de la Comisión (6), al lado de presentaciones de: Gobiernos cuyos sistemas regulatorios -e industrias de telecomunicaciones subyacentes- lideran el desarrollo de la Sociedad de la Información, como el Reino Unido, Alemania o Francia; de reputadas agencias de regulación como Ofcom, Arcep o el Grupo de Reguladores Europeos; o, finalmente de colosos de la industria como Google, Deustche Telekom, France Telecom o la propia Telefónica.
El segundo aspecto relevante es que, dada la diversidad de tradiciones jurídicas y concepciones de una economía de mercado subyacentes a las diversas opiniones formuladas, se genera un saludable nivel de tensión, o si se quiere ‘dialéctica’ respecto a las cuestiones debatidas, siendo esperables resultados más equilibrados en los contenidos de las normativas y políticas a establecer, salvaguardándose al mismo tiempo rangos de discrecionalidad para el respectivo Estado Miembro y, por cierto, posibilitando influjos culturales de unas miradas locales respecto de otras. Así, por ejemplo, Localret (7) –en el marco de la consulta europea- planteó su visión considerando experiencias comparadas de iniciativas públicas en el desarrollo de redes NGA, documentadas por un informe del Gobierno Británico, sin embargo, al marcar el énfasis de su opinión, destacó particularmente la mirada francesa sobre la necesidad de intervención pública en caso de déficit del mercado en proveer niveles adecuados de servicios y redes NGA, tanto en tiempo como en cobertura. Así, fue citado el Código General de Colectividades Territoriales, de Francia, cuyo artículo 1425-1, faculta a las comunidades locales para establecer y operar redes de comunicaciones electrónicas. Misma referencia se hizo posteriormente en el marco de la consulta convocada por la CMT referida a ayudas estatales para redes públicas Wifi.
En general, las empresas públicas francesas con índices de eficiencia comparables a los de empresas privadas –como France Telecom- constituyen ejemplos citados frecuentemente en ámbitos académicos, estudiándose por ejemplo dichos modelos con ocasión de análisis teóricos, como casos en que la unidad empresarial maximiza el bienestar social fijando precios más cercanos a los costos marginales, mientras que la unidad empresarial privada, persiguiendo maximizar el bienestar privado, se incentiva a fijar precios lo más lejano posible del costo marginal.
Finalmente, dado lo expuesto, sería muy interesante que países de América Latina como Chile, Brasil o Argentina no sólo se beneficiaran de adoptar decisiones convergentes para generar, por ejemplo, economías de escala en procesos industriales –como es la adopción común del estándar de transmisión de televisión digital y la producción del mismo por uno de ellos- lo que por cierto es positivo, sino que crecientemente avanzasen hacia una mayor integración que permita niveles de convivencia institucional cada vez más cercanos a los de la Unión Europea, generándose equilibrios resultantes de la interacción de agentes de diversas nacionalidades y tradiciones, así como Gobiernos y agencias regulatorias, confrontando sus concepciones jurídicas y de mercado, permitiendo ello un mayor escrutinio público que exceda al de la esfera de intereses puramente nacionales.
Asimismo, constantes procesos de consulta pública debiesen marcar la práctica regulatoria y actuaciones de diversidad de órganos y tribunales en Chile, como ya lo han hecho exitosamente la Subsecretaría de Telecomunicaciones o el propio Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

Por Jorge Quintanilla H
Abogado senior, FerradaNehme

Notas
(1) http://www.localret.net
(2) Se trata de redes únicas capaces de integrar las diferentes tecnologías presentes en los mercados actuales (y algunas de las que se puedan desarrollar en el futuro) y de satisfacer todas las necesidades de información de los usuarios de un modo transparente, es decir, sin que los usuarios sean conscientes de cómo o con qué tecnología se atiende su demanda. Fuente: http://es.wikitel.info/wiki/Redes_de_nueva_generaci%C3%B3n
Técnicamente, las redes NGA se basan en el uso integral de tecnología de fibra óptica (hasta el usuario final o hasta el nodo). Es decir, ya no usan el cable convencional, por el que se han mandado desde siempre señales telefónicas y que se ha aprovechado en los últimos años para el ADSL.
(3) Disponible en: http://www.cmt.es/cmt_ptl_ext/SelectOption.do?nav=consultas_publicas&detalles=090027198007f1c3&hcomboAnio=2009&pagina=1
(4) Que convocó la consulta sobre “Directrices comunitarias para la aplicación de las normas de ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha”, que finalmente fueron adoptadas el 17 de septiembre de 2009.
(5) Que convocó la consulta sobre Proyecto de Recomendación sobre Regulación del Acceso a las Redes de Acceso de Nueva Generación.
(6) http://ec.europa.eu/information_society/policy/ecomm/library/public_consult/nga_2/index_en.htm#responses
(7) Digital Britain Final Report, de junio de 2009.

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