CoRe - Competencia, Regulaci贸n y Medio Ambiente - FerradaNehme

CoRe Competencia y Regulaci髇 - Ferrada Nehme
FerradaNehme

Compensaci贸n y la Ley Federal del Suelo en Alemania

El Tribunal Federal de Justicia de Alemania dict贸 recientemente una sentencia para abordar dos cuestiones esenciales respecto del problema de qui茅n debe correr con los (a menudo altos) costos de la reparaci贸n de la contaminaci贸n por residuos con frecuencia, tema que es centro de muchas controversias.
En los casos de contaminaci贸n del suelo son a menudo varios los responsables de la rehabilitaci贸n (los llamados 鈥減erturbadores鈥). Bajo ciertas circunstancias, el perturbador que ha sido condenado a reparar los da帽os, puede reclamar una indemnizaci贸n de otro perturbador.: (i) si la indemnizaci贸n puede ser reclamada solamente si la autoridad competente ha emitido una orden de rehabilitaci贸n, y (ii) cuando ha prescrito una reclamaci贸n de indemnizaci贸n.

La Ley Federal de Protecci贸n del Suelo define las partes que pueden ser responsables de llevar a cabo trabajos de reparaci贸n:
鈥 la parte que caus贸 la contaminaci贸n residual;
鈥 el sucesor legal del contaminador;
鈥 el due帽o de la propiedad;
鈥 la parte que est谩 en control de la propiedad, y
鈥 el antiguo due帽o de una propiedad.
Bajo ciertas circunstancias, las personas responsables detr谩s de una persona jur铆dica pueden ser obligadas a reparar la contaminaci贸n. Si hay varios perturbadores que pueden ser obligados a llevar a cabo obras de rehabilitaci贸n, la autoridad competente tiene el derecho a perseguir a cualquiera de ellos. En la elecci贸n, las consideraciones m谩s relevantes son que se pueda tener acceso y que se encuentren en condiciones de cumplir las instrucciones eficientemente.

Con respecto a las indemnizaciones, de conformidad con la Secci贸n 24 de la Ley, ninguna de las partes en virtud de una obligaci贸n de reparaci贸n puede reclamar una indemnizaci贸n de otra de esas partes. El tribunal ha dejado claro que esos reclamos se pueden realizar incluso si la rehabilitaci贸n se inicia antes que la autoridad competente emita una orden de reparaci贸n formal -es suficiente que la autoridad s贸lo haya anunciado su intenci贸n de emitir tal orden.

El derecho a una indemnizaci贸n conforme a la Secci贸n 24 de la Ley prescribe a los tres a帽os. Desde el 15 de diciembre de 2004, la legislaci贸n aclara expresamente que este per铆odo no puede ser socavado por el plazo de prescripci贸n de seis meses estipulado en las Secciones 438 (sobre los contratos de compra), 548 (en los contratos de arrendamiento) y 606 (en los contratos de pr茅stamos) del C贸digo Civil
Antes de que se modificara la secci贸n 24 de la ley, el plazo de prescripci贸n fue ampliamente discutido. El tribunal dej贸 clara su posici贸n: incluso reclamos presentados del 15 de diciembre de 2004, se rigen exclusivamente por el plazo de prescripci贸n de tres a帽os. El tribunal bas贸 su posici贸n en los siguientes argumentos:
鈥 Con respecto a la historia de la ley, los primeros borradores de la Secci贸n 24 no contienen ninguna regulaci贸n en el plazo de prescripci贸n. Despu茅s que se expresaran inquietudes en la literatura que, sin una regulaci贸n espec铆fica de la reducci贸n del per铆odo de prescripci贸n estipulado en la Secci贸n 548 del C贸digo Civil se aplicar铆a a las reclamaciones de indemnizaci贸n de conformidad con el art铆culo 24 de la Ley, se incluy贸 el plazo de prescripci贸n de tres a帽os en la secci贸n. Incluso entonces, sin embargo, algunos tribunales siguen aplicando la reducci贸n del per铆odo de prescripci贸n. En 2004, la legislaci贸n excluye expresamente la aplicabilidad de las secciones 438, 548 y 606 del C贸digo Civil.
鈥 La Secci贸n 24 de la Ley y el art铆culo 548 del C贸digo Civil, tienen 谩mbitos de aplicaci贸n diferentes. Este 煤ltimo establece derechos de indemnizaci贸n por los da帽os causados por un arrendatario que no utiliza el objeto arrendado seg煤n lo convenido en el contrato de arrendamiento. En contraste, la Secci贸n 24 de la Ley establece los derechos de compensaci贸n entre los perturbadores responsable en virtud de la ley de protecci贸n del suelo. Adem谩s, ambos reglamentos son aut贸nomos y no afectan cada aplicaci贸n. La Secci贸n 548 del C贸digo Civil se aplica exclusivamente si el da帽o ha sido causado durante la vigencia del contrato de arrendamiento, y s贸lo en circunstancias especiales tales da帽os se constituye la contaminaci贸n del suelo. La Secci贸n 24 de la Ley se aplica exclusivamente a la contaminaci贸n del suelo que, en determinadas circunstancias, puede ser causada durante la vigencia de un contrato de arrendamiento. 麓
鈥 El tribunal tambi茅n se帽al贸 que la mayor铆a de las contaminaciones se causan durante la vigencia de un contrato de arrendamiento. Si la Secci贸n 24 de la Ley no se aplica a estos casos, la regulaci贸n perder铆a su impacto legal.
鈥 En t茅rminos pr谩cticos, a fin de determinar si existe contaminaci贸n del suelo, deben llevarse a cabo varias investigaciones, muchas veces prolongadas. Estas investigaciones normalmente no puede ser terminadas en seis meses Si la Secci贸n 548 del C贸digo Civil es aplicable a este tipo de situaciones, donde la contaminaci贸n fue detectada despu茅s de seis meses, el reclamo de indemnizaci贸n se convertir铆a en la prescripci贸n, incluso antes de que el acreedor aprendido de 茅l. Si el propietario quer铆a evitar la p茅rdida de derechos, independientemente de las indicaciones, que tendr铆a que llevar a cabo investigaciones extensas y costosas cada vez que finaliza un contrato de arrendamiento.

Comente este Artículo