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CoRe Competencia y Regulaci�n - Ferrada Nehme
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Fiscal General y Consejo de la Competencia de Bélgica en desacuerdo sobre la autorización de un Joint venture

BRUSELAS.- Un interesante caso se dio en Bélgica, donde dos entidades regulatorias han tomado posiciones divergentes en relación a la empresa que crearon en conjunto dos firmas de transportes turísticos. En su sentencia de 28 de mayo de 2009, el Consejo de la Competencia de Bélgica encontró que una alianza de dos firmas en el mercado altamente concentrado de empresas de buses de turismo no restringía la libre competencia.
Este caso además marca la primera vez en que el Fiscal emite una acción ex officio en contra de un acuerdo autorizado por la autoridad de competencia.

En julio de 2004 De Boeck y Open Tours, dos empresas de transporte turístico, notificaron a la autoridad de los dos acuerdos para crear un Joint venture llamado Brussels City Tours, para comercializar sus servicios de autobuses de turismo.
Antes del 1 de octubre de 2006, cuando entró en vigor la nueva ley de competencia, las notificaciones se requerían para obtener una exención individual en virtud del artículo 2. De acuerdo con el Reglamento de Modernización de la UE (1/2003), la Ley suprimió esas notificaciones y declaró nulas aquellas efectuadas bajo la anterior legislación de competencia.
En julio de 2006, antes de la nueva ley entrara en vigor, el fiscal informó a las partes de las objeciones a su Joint venture, que les llevó a proponer cambios en junio de 2007. Sin embargo, el fiscal consideró que los cambios propuestos no eran suficientes para solucionar los problemas de competencia y abrió una investigación ex officio a Brussels City Tour en noviembre de 2007.
El fiscal determinó que el Joint venture infringió el artículo 2 de la ley porque existió una fijación horizontal de precios y una división del mercado entre los dos operadores, cada uno con una importante cuota de participación, de entre el 30% y 45%. Sin embargo, el fiscal pidió al Consejo que no se multara a las partes, ya que el acuerdo había sido notificado con la legislación anterior, las partes habían cooperado en la investigación y la infracción se había prolongado durante un período breve.

El Consejo tomó una postura diferente. En primer lugar, se investigó si los acuerdos contenían restricciones por objeto. Brussels City Tours promocionó y vendió pasajes exclusivamente para los servicios proporcionados por sus empresas matrices. El Consejo estableció que los acuerdos que establecen que Brussels City Tours involucró tanto a marketing y producción común y que sus características restrictivas fueron una parte estructural necesaria de cooperación entre De Boek y Open Tours. Además, enfatizó que los acuerdos de fijación de precios son casi siempre restricciones por objeto. Sin embargo, como una excepción, las empresas con productos similares, que a su vez los distribuyen, pueden fijar los precios en la medida en que son el resultado de la integración de diferentes actividades. En tales casos, la producción y los acuerdos de fijación de precios deben ser considerados en conjunto, dado su efecto común en el mercado.

El Consejo indicó que ambas partes tuvieron pérdidas y perdieron cuotas de mercados antes de crear el Joint venture, sin el cual al menos una de las partes hubiera probablemente dejado de operar. Declaró que la fijación de precios es esencial para el funcionamiento eficaz de un Joint venture, y que por lo tanto los acuerdos no tuvieron como objetivo crear restricciones de la competencia.

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